Incertidumbre en elección de jueces; inicia proceso 2024-2025

Incertidumbre en elección de jueces; inicia proceso 2024-2025

Sin presupuesto para lo que resta de 2024, sin claridad en los recursos a solicitar en 2025, sin reglamentos acordes, sin legislación secundaria, con incertidumbre por el número de cargos a elegir, con el reto de construir una cartografía de cero que no necesariamente corresponde con los 300 distritos electorales, el INE da hoy inicio al año electoral para organizar las elecciones del Poder Judicial.

Según la reforma al Poder Judicial, se elegirán  9 ministraturas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cinco magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, dos magistraturas para la Sala Superior del Tribunal Electoral, 15 magistraturas de las Salas Regionales, aproximadamente 449 magistraturas de circuito y 215 personas juzgadoras de Distrito. Aproximadamente 695 cargos.

La apertura del año electoral iniciará con el izado de la bandera en la sede nacional del INE a las 8 de la mañana e inmediatamente después se instalará el Consejo General para declarar el inicio de sus procedimientos y procesos, a fin de que la ciudadanía pueda elegir a la primera parte de los integrantes del Poder Judicial.

El pasado jueves por la noche, el Consejo General modificó un primer reglamento para poder cumplir con las estipulaciones de la reforma al Poder Judicial.

Se trató del reglamento de sesiones del Consejo General, toda vez que, para la organización de las elecciones judiciales, ni los partidos, ni sus representantes legislativos tendrán voz y voto.

Por tal motivo, el INE modifica su Reglamento de Sesiones a efecto de precisar su funcionamiento en el caso de la elección de integrantes del Poder Judicial de la Federación, con la finalidad de generar certeza y seguridad jurídica a todas las personas que lo integran.

Entre las reformas y adiciones aprobadas que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, se encuentran las siguientes: Las sesiones extraordinarias y extraordinarias urgentes que se celebren para tratar asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del Poder Judicial, el Consejo General se integrará únicamente por una consejera o consejero presidente, 10 consejeras y consejeros electorales, con derecho de voz y voto, y una Secretaria o secretario ejecutivo, con derecho de voz.

Asimismo, las y los consejeros del Poder Legislativo y las y los representantes de los partidos políticos no podrán ejercer atribuciones como la inclusión y retiro de asuntos en el orden del día, en el caso de aquellas sesiones convocadas para tratar asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del PJF.

En los casos de las sesiones extraordinarias que se celebren para desahogar asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del Poder Judicial, la solicitud para la celebración de una sesión solamente podrá realizarse por mayoría de consejeras y consejeros electorales, quienes además serán los únicos que podrán estar presentes y hacer uso de la palabra.

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